
LEGISLACIÓN SOBRE LA INTERRUPCIÓN
VOLUNTARIA DEL EMBARAZO
La legislación española ofrece la posibilidad de interrumpir el embarazo en tres casos o supuestos.
Artículo 417 bis del Código Penal:
1. No será punible el aborto practicado por un médico o bajo su dirección, en centro o establecimiento sanitario, público o privado, acreditado y con consentimiento expreso de la mujer embarazada, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
- Que sea necesario para evitar un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada y así conste en un dictamen emitido con anterioridad a la intervención por un médico de la especialidad correspondiente, distinto de aquél por quien, o bajo cuya dirección, se practique el aborto. En caso de urgencia, por riesgo vital para la gestante, podrá prescindirse del dictamen y del consentimiento expreso.
- Que el embarazo sea consecuencia de un hecho constitutivo de delito de violación del artículo 429, siempre que el aborto se practique dentro de las doce primeras semanas de gestación y que el mencionado hecho hubiese sido denunciado.
- Que se presuma que el feto habrá de nacer con graves taras físicas o psíquicas, siempre que el aborto se practique dentro de las veintidós semanas de gestación y que el dictamen, expresado con anterioridad a la práctica del aborto, sea emitido por dos especialistas de centro o establecimiento sanitario, público o privado, acreditado al efecto, y distintos de aquél que quien o bajo cuya dirección se practique el aborto.
2. En los casos previstos en el número anterior, no será punible la conducta de la embarazada, aun cuando la práctica del aborto no se realice en un centro o establecimiento público o privado acreditado o no se hayan emitido los dictámenes médicos exigidos.
DECLARACIÓN SOBRE EL ABORTO (AMSTERDAM 1996)
Nosotros, los participantes, provenientes de una vasta variedad de profesionales y 50 países, en la conferencia internacional "Cuestiones del Aborto" mantenida en Amsterdam, Holanda, del 27 al 29 de Marzo de 1996. Afirmamos
Que el aborto es un asunto de autodeterminación de las mujeres y que es profundamente denigrante para ellas el sugerir que serían irresponsablemente empujadas hacia el aborto si se volviese legal.
Reconocemos
Con gran inquietud, que el aborto continúa siendo un serio problema mundial de salud pública, matando más de 100.000 mujeres cada año y dañando la salud de muchas más. También reconocemos que, en países en que es legal y accesible, las complicaciones con riesgos para la vida son extremadamente infrecuentes.
Hacemos notar
Que donde el aborto es legal y combinado con información y servicios de alta calidad sobre contracepción, las cifras de abortos han declinado significativamente y suelen ser mucho más bajas que en países en que existen restricciones legales.
También hacemos ver
Que la existencia de un servicio legal y no coercitivo para la realización de abortos permite a las mujeres con embarazos no deseados, acceder a una ayuda confidencial y profesional y esto les hace posible explorar una serie de posibles soluciones sin miedo a ser castigados.
Condenamos
La estimación de que las mujeres que hayan abortado sean culpables, irresponsables y descuidadas. Los crecientemente agresivos ataques de militantes de grupos anti-elección a los derechos de las mujeres a usar seguros servicios para abortar y las amenazas de muerte y asesinato a los trabajadores en estos servicios. Hacemos una llamada a todos los gobiernos y ONGS implicados en la defensa de los derechos humanos, derechos de la mujer.
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